Artículo 84 Código Penal del Estado de Guanajuato
Capítulo VII
- La suspensión consiste en la pérdida temporal de derechos, funciones, cargos, empleos o comisiones que se estén ejerciendo. La privación de derechos estriba en su pérdida definitiva.
(REFORMADO, P.O. 3 DE JUNIO DE 2011
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guanajuato (S3 oficial). Documento oficial