Artículo 168 bis Código Penal Federal
Capítulo I
- Se impondrán de seis meses a dos años de prisión y de trescientos a tres mil días multa, a quien sin derecho:
I. Descifre o d ecodifique señales de telecomunicaciones distintas a las de satélite portadoras de programas; Fracción reformada DOF 01-07-2020
II. Transmita la propiedad, uso o goce de aparatos, instrumentos o información que permitan descifrar o decodificar señales de telecomunicaciones distintas a las de satélite portadoras de programas, o Fracción reformada DOF 01-07-2020
III. Reciba o distribuya una señal de satélite cifrada portadora de programas originalmente codificada, sin la autorización del distribuidor legal de la señal. Fracción adicionada DOF 01-07-2020 Artículo adicionado DOF 17-05-1999
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 13 de marzo de 2026. Documento oficial