Artículo 329 Código Penal del Estado de México
Capítulo I
Para la individualización de las sanciones previstas en este Título, el juez tomará en cuenta, en su caso, el nivel jerárquico del servidor público y el grado de responsabilidad del encargo, su antigüedad en el empleo, sus antecedentes de servicio, sus percepciones, su grado de instrucción, la necesidad de reparar los daño s y perjuicios causados por la conducta ilícita, y las circunstancias especiales de los hechos constitutivos del delito.
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Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial