Artículo 360 Código Penal del Estado de Chihuahua
Capítulo ÚNICO
Las penas a que se hace referencia en los artículos 358 y 359 de este Código, se incrementarán hasta en tres años más de prisión y multa de hasta mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, cuando los recursos forestales maderables o no maderables provengan de un área natural protegida o una reserva ecológica.
Así mismo, las penas previstas en los artículos 358 y 359 de este Código, se incrementarán hasta en diez años más de prisión y multa de hasta tres mil veces la Unidad de Medida y Actualización, cuando el responsable sea servidor público y tenga como obligación proteger el medio ambiente, o dentro de sus funciones se encuentren las de prevenir, investigar o sancionar al responsable de estos delitos.
[Artículo reformado mediante Decreto No. LXV/RFCLC/0266/2017 I P.E. publicado en el P.O.E. No. 15 del artículo 360 Bis A quien provoque dolosamente un incendio en un terreno forestal que cause daño ambiental, de acuerdo a lo previsto en la ley de la materia, se impondrá una pena de dos a seis años de prisión y una multa de trescientas a tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
[Artículo reformado mediante Decreto No. LXV/RFCLC/0266/2017 I P.E. publicado en el P.O.E. No. 15 del artículo 360 Ter La pena prevista en el artículo anterior se aumentará hasta diez años de prisión y tres mil veces la Unidad de Medida y Actualización, en los siguientes casos:
I. Quien cometa el delito sea funcionario o servidor público cuya obligación sea proteger el medio ambiente y que teniendo conocimiento de este ilícito, omita realizar las funciones propias de su encargo para prevenir, solucionar y sancionar al o los responsables, o
II. Se trate de un área natural protegida del Estado.
[Artículo reformado en el primer párrafo mediante Decreto No. LXV/RFCLC/0266/2017 I P.E. publicado en
[Artículos 360 Bis y 360 Ter adicionados mediante Decreto No. 747-2012 II P.O. publicado en el P.O.E. No. 41 del 23 de mayo de 2012]
TÍTULO VIGÉSIMO SÉPTIMO DELITOS CONTRA EL DESARROLLO ZOOSANITARIO
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial