Artículo 54 Código Penal del Estado de Campeche
Capítulo V
El trabajo a favor de la comunidad consiste en la prestación de servicios no remunerados en instituciones educativas, de asistencia social o instituciones privadas asistenciales, en forma tal que no resulte denigrante a la dignidad humana del sentenciado y se ajuste a los términos del tercer párrafo del artículo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial