Artículo 36 Código Penal del Estado de Baja California Sur
Capítulo III
Concepto y duración. El tratamiento en libertad de imputables consiste en la aplicación, según el caso, de las medidas educativas, deportivas, laborales, sanitarias o de cualquier otra índole autorizada por la ley, orientada a la reinserción social del sentenciado y bajo la orientación y cuidado de la autoridad ejecutora.
Esta consecuencia jurídica podrá imponerse como pena autónoma o sustitutiva de la prisión, sin que su duración pueda exceder de la correspondiente a la pena de prisión sustituida.
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Texto tomado de Secretaria de la Contraloria y Transparencia Gubernamental de BCS. Documento oficial