Artículo 123 Código Penal del Estado de Baja California Sur
Capítulo X
Autoridad competente para resolver la extinción. La extinción de la pretensión punitiva será resuelta por el titular del Ministerio Público o por el órgano jurisdiccional durante el procedimiento o el proceso, según sea el caso.
La declaración de extinción de la potestad de ejecutar las penas y medidas de seguridad corresponde al órgano jurisdiccional
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Texto tomado de Secretaria de la Contraloria y Transparencia Gubernamental de BCS. Documento oficial