Artículo 84-L Código Fiscal de la Federación
Capítulo II
A las personas morales a que se refiere el artículo 84 -I de este Código, que cometan la infracción a que se refiere el artículo 84 -K de este Código se les impondrá una multa de $516,600.00 a $1,033,190.00, por no proporcionar la información del estado de cuenta que se haya requerido.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 9 de abril de 2026. Documento oficial