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Leyes Descargar AYA

Artículo 293 Código Federal de Procedimientos Civiles

Capítulo II

- En caso de que hubieren de practicarse diligencias o aportarse pruebas de fuera del lugar del juicio, a petición del interesado se concederán los siguientes términos extraordinarios:

I.- Dos meses si el lugar está comprendido dentro del territorio nacional;

II.- Cuatro meses si lo está en los Estados Unidos de Norteamérica, en Canadá o en las Antillas;

III.- Cinco meses si está comprendido en Centroamérica;

IV.- Seis meses si estuviere en Europa o en la América del Sur, y

V.- Siete meses cuando esté situado en cualquiera otra parte

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Cámara de Diputados. Documento oficial