Artículo 8 Código Familiar del Estado de Sonora
Capítulo I
Los hijos, cualquiera que sea la vinculación entre sus padres, son iguales ante la ley. Tienen derecho a conocer íntegramente su identidad, por lo que pueden reclamar el vínculo paterno-filial y a exigir informes sobre su origen genético, en los casos y condiciones previstos por la ley
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Texto tomado de STJ Sonora (Poder Judicial del Estado). Documento oficial