Artículo 7 Código Familiar del Estado de Sonora
Capítulo I
El hombre y la mujer son iguales ante la ley, por lo que de común acuerdo decidirán en forma libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de los hijos, su protección, educación y administración de sus bienes, así como la fijación del domicilio conyugal, el trabajo de uno o ambos cónyuges y la administración o disposición del patrimonio común.
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Texto tomado de STJ Sonora (Poder Judicial del Estado). Documento oficial