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Leyes Descargar AYA

Artículo 59 Código Familiar del Estado de Oaxaca

Capítulo V

El dominio y la posesión de los bienes comunes reside en ambos cónyuges mientras subsista la sociedad; será necesario el consentimiento de ambos para la enajenación y gravamen de los bienes que forman el fondo de la sociedad, pudiendo el juez respectivo suplir el consentimiento de cualquiera de los cónyuges en caso de injustificada oposición para la enajenación o gravamen.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial