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Leyes Descargar AYA

Artículo 297 Código Familiar del Estado de Oaxaca

Capítulo III

La patria potestad se acaba:

I. Con la muerte del que la ejerce, si no hay otra persona en quien recaiga;

II. Con la emancipación;

III. Con la mayor edad del hijo;

IV. Con la muerte del hijo

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial