Artículo 110 Código Familiar del Estado de Morelos
Este es el texto que AYA registró en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026, con la reforma del 15 de octubre de 2025. Ya no es el vigente: cambió después, el 19 de octubre de 2026. Ver qué cambió · Ver el texto vigente
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EFECTOS DE LA DECLARACIÓN ESPECIAL DE AUSENCIA EN LA SOCIEDAD CONYUGAL. La sentencia de Declaración Especial de Ausencia de alguno de los cónyuges, modifica o termina la sociedad conyugal en los casos señalados por este código. REFORMA VIGENTE. - Reformado por artículo sexto del Decreto No. 357, publicado en el decía: EFECTOS DE LA AUSENCIA EN LA SOCIEDAD CONYUGAL. La sentencia que declare la ausencia de alguno de los cónyuges, modifica o termina la sociedad conyugal en los casos señalados por este Código.