Artículo 732 Código Familiar del Estado de Michoacán
Capítulo II
Las resoluciones judiciales se clasifican en autos, sentencias interlocutorias y sentencias definitivas.
Sentencia definitiva es la que decide el negocio en lo principal, e interlocutoria es la que resuelve un incidente; y son autos en cualquier otro caso.
Todas estas resoluciones deberán ser firmadas por el magistrado o juez que las dicte, y por el secretario o quien haga sus veces
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Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial