Artículo 1243 Código Familiar del Estado de Michoacán
Capítulo V
Ni el tribunal de primera instancia ni el de apelación podrán examinar ni decidir sobre la legalidad o ilegalidad del fallo, ni sobre las motivaciones o fundamentos de hecho o de derecho en que se apoye, limitándose a examinar su autenticidad y si deba o no ejecutarse conforme a lo previsto en este Código
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Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial