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Leyes Descargar AYA

Artículo 1043 Código Familiar del Estado de Michoacán

Capítulo IX

El valor de las pruebas estará determinado por la convicción que le generen al juzgador, conforme a las reglas de la lógica y a su prudente arbitrio.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial