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Leyes Descargar AYA

Artículo 85 Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza

Capítulo QUINTO

Extendida el acta de tutela, se hará la anotación marginal en el acta de nacimiento de la persona sujeta a ella, observándose para el caso de que no exista en la misma oficina del Registro, lo dispuesto en el artículo 78 de esta ley.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 8 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial