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Leyes Descargar AYA

Artículo 165 Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza

Capítulo TERCERO

Los muebles que integran el menaje del hogar conyugal, sean propios de uno de los cónyuges o de ambos en copropiedad, o pertenezcan a la sociedad conyugal, no pueden enajenarse ni gravarse sin consentimiento de ambos cónyuges

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 8 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial