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Leyes Descargar AYA

Artículo 32 Ley de la Familia para el Estado de Baja California

Capítulo I

- Se crea el Instituto Estatal de la Familia, como Organismo Ciudadano, que tendrá a su cargo diseñar, promover, difundir y evaluar las políticas públicas y las acciones con perspectiva de familia que contribuyan a consolidar la unidad y la estabilidad de la familia, y establecer medidas que fomenten la corresponsabilidad familiar. Artículo Reformado

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 25 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Baja California. Documento oficial