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Leyes Descargar AYA

Artículo 19 Ley de la Familia para el Estado de Baja California

Capítulo II

Toda persona tiene derecho en la elección de su estado de vida; a conocer el alcance de los derechos y las obligaciones inherentes al matrimonio, que permita a los hombres o a las mujeres, as umirlas con pleno conocimiento, con madurez y responsabilidad. Párrafo Reformado El Estado y los Municipios deberán implementar políticas públicas permanentes que permitan a las personas sensibilizarse respecto a los derechos, deberes y responsabilidades igualitarias derivadas del matrimonio. Párrafo Reformado Artículo Reformado

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 25 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Baja California. Documento oficial