Artículo 799 Código Civil del Estado de Zacatecas
Este es el texto que AYA registró en la copia archivada del PDF oficial del 29 de octubre de 2025, con la reforma del 8 de julio de 2023. Ya no es el vigente: cambió después, el 19 de octubre de 2026. Ver qué cambió · Ver el texto vigente
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
- Cambió
Tratándose de adopción simple, si concurre el cónyuge del adoptado con los adoptantes, las dos terceras partes de la herencia corresponden al cónyuge y la otra tercera parte a los que hicieron la adopción.