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Leyes Descargar AYA

Artículo 1771 Código Civil del Estado de Zacatecas

Capítulo PRIMERO

No son renunciables los beneficios que deriven de la ley a favor de los arrendatarios. Las estipulaciones de los contratos que consignen dichas renuncias serán nulas.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 29 de octubre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas, con la reforma del 18 de julio de 2026. Documento oficial