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Leyes Descargar AYA

Artículo 237 Código Civil del Estado de Veracruz

Capítulo II

Las hermanas, los hermanos y parientes colaterales a que se refiere el artículo anterior, tienen la obligación de proporcionar alimentos a las y los menores de edad, personas con incapacidad legal y las y los parientes adultos mayores, hasta el cuarto grado.

(REFORMADO, G.O. 28 DE JUNIO DE 2012)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial