Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 1129 Código Civil del Estado de Veracruz

Capítulo IV

Cuando para el mejor aprovechamiento del agua de que se tiene derecho de disponer, fuere necesario construir una presa y el que haya de hacerlo no sea dueño del terreno en que se necesita apoyarla, puede pedir que se establezca la servidumbre de un estribo de presa, previa la indemnización correspondiente

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial