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Leyes Descargar AYA

Artículo 729 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Título PRIMERO

Los bienes pertenecientes a personas jurídicas de orden público se regirán por las leyes administrativas sobre esa materia y por este Código Civil, en lo no previsto en ellas.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial