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Leyes Descargar AYA

Artículo 426 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Capítulo X

La autorización judicial para transigir los negocios del incapaz no podrá ser general. Se otorgará en cada caso por el juez si este estima que es benéfica al incapacitado y después de examinar todas las cláusulas del proyecto de transacción así como todas las circunstancias del caso

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial