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Artículo 2737 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Capítulo VI

Si en el bien legado tiene alguna parte el testador o un tercero, sabiéndolo aquél, en lo que a ellos corresponda, vale el legado

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial