Artículo 249 Código Civil del Estado de Tlaxcala
Título SEXTO
El interés del Estado a que se refiere el artículo anterior comprende la salud física y mental de los menores, así como su educación, instrucción y preparación. (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 18 DE JUNIO 2024)
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial