Artículo 2248 Código Civil del Estado de Tlaxcala
Capítulo VII
Si aquél a quien pertenece el negocio tuviere conocimiento de la gestión y no se opusiere a ella antes de que termine, se entenderá que la consiente; pero en este caso estará obligado para con el gestor aunque no hubiere provecho efectivo
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial