Artículo 204 Código Civil del Estado de Tlaxcala
Capítulo III
La disposición anterior no es aplicable si el hijo tiene a su favor la presunción de que habla el artículo 189. (REFORMADO, P.O. 13 DE NOVIEMBRE DE 2013
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial