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Leyes Descargar AYA

Artículo 2036 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Capítulo III

Tratándose de bienes urbanos, si la renta mensual no excede de cuatrocientos pesos y el arrendatario es obrero o empleado, la renta puede pagarse por semanas o quincenas vencidas y el arrendador no puede negarse a recibir el pago parcial aunque se haya pactado que la renta se pagaría por mensualidades.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial