Artículo 1285 Código Civil del Estado de Tlaxcala
Capítulo I
El contrato puede ser invalido:
I.- Por incapacidad legal de las partes o de una de ellas;
II.- Por vicios del consentimiento;
III.- Porque su fin o su motivo sean ilícitos;
IV.- Porque sea ilícito el objeto de las obligaciones creadas por el contrato;
V.- Porque el consentimiento no se haya manifestado en la forma que la ley establece
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial