Artículo 1284 Código Civil del Estado de Tlaxcala
Capítulo I
Para que el contrato exista se requiere:
I.- Mutuo consentimiento;
II.- Objeto que pueda ser materia de las obligaciones creadas por el contrato.
III.- La solemnidad cuando la ley la exija
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial