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Artículo 1045 Código Civil del Estado de Tlaxcala

Capítulo V

Los derechos y deberes del usuario y del que tiene el derecho de habitación se arreglan por los títulos respectivos, y por las disposiciones que reglamentan el usufructo en cuanto ellas no se opongan a los preceptos de este capítulo

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial