Artículo 77 Código Civil del Estado de Tamaulipas
Capítulo IV
El acta de adopción simple contendrá los nombres, apellidos y domicilio del adoptante y del adoptado; el nombre y demás generales de las personas cuyo consentimiento hubiere sido necesario para la adopción, los nombres y apellidos y domicilio de las personas que intervienen como testigos. En el acta se insertarán los datos esenciales de la resolución judicial.
En los casos de adopción plena se levantará un acta, en los mismos términos que la que se expide en la de nacimiento para los hijos consanguíneos.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial