Artículo 563 Código Civil del Estado de Tamaulipas
Capítulo XI
Si la tutela hubiera fenecido durante la minoridad, el menor podrá ejercer las acciones correspondientes contra el primer tutor y los que le hubieren sucedido en el cargo, computándose entonces los términos desde el día en que llegue la mayor edad. Tratándose de los demás incapacitados, los términos se computarán desde que cese la incapacidad.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial