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Leyes Descargar AYA

Artículo 170 Código Civil del Estado de Tamaulipas

Capítulo VI

Las capitulaciones mediante las cuales se constituya la sociedad convencional, deberán inscribirse en el Registro Público de la Propiedad del lugar en que se celebró el matrimonio y, además, se harán constar al margen de las inscripciones relativas o los inmuebles comunes, independientemente de su ubicación

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial