Artículo 1235 Código Civil del Estado de Tamaulipas
Sección II
- La simulación no puede hacerse valer por las partes contratantes, por sus causahabientes ni por los acreedores del enajenante aparente, frente a terceros adquirentes de buena fe
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial