Artículo 1174 Código Civil del Estado de Tamaulipas
Sección II
- Se consideran como casos del incumplimiento de las obligaciones contractuales, el de la evicción y el de los vicios ocultos del bien enajenado y todo enajenante, en estos casos, está obligado al saneamiento, aunque nada se haya pactado
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial