Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 2359 Código Civil del Estado de Quintana Roo

Capítulo TERCERO

El derecho de retención es oponible al deudor y a los terceros que no tengan adquirido un derecho real sobre el bien, anterior a la fecha en que se ejercita el citado derecho. Los que tengan derechos reales anteriores, podrán perseguir el bien para asegurado o tomar posesión del mismo, según la naturaleza de tales derechos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial