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Leyes Descargar AYA

Artículo 148 Código Civil del Estado de Quintana Roo

Capítulo PRIMERO

- Hecha excepción de los negocios formales y de los solemnes, todos los demás se perfeccionan, si son bilaterales. por el solo consentimiento y si son unilaterales, por la sola manifestación de la voluntad del autor

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial