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Leyes Descargar AYA

Artículo 1845 Código Civil del Estado de Querétaro

Capítulo II

- En el caso del artículo anterior, a la elección es del deudor esté designará la cosa cuyo precio debe pagar, y este precio se probará conforme a derecho en caso de desacuerdo

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de enero de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Nacional. Documento oficial