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Leyes Descargar AYA

Artículo 3029 Código Civil del Estado de Puebla

Capítulo I

Heredan por disposición de la ley en el orden y forma establecidos en este Código:

I. Los descendientes nacidos o póstumos:

II. El cónyuge o concubino que sobreviva;456 III. Los ascendientes;

IV. Los parientes colaterales hasta el grado indicado en este Código; y, V. Por partes iguales, la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla y el Gobierno del Estado a través de la instancia responsable de la administración del patrimonio inmobiliario estatal, para destinarlo a la asistencia social pública.457

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  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial