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Artículo 2315 Código Civil del Estado de Puebla

Capítulo VI

Si el arrendador aprueba expresamente el contrato especial del subarriendo, el subarrendatario queda otorgado en todos los derechos y obligaciones del arrendatario, salvo convenio en otro sentido.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial