Artículo 49 Código Civil del Estado de Jalisco
Capítulo VI
La interdicción y demás incapacidades que establezca la ley, son limitaciones a la capacidad de ejercicio.
Tratándose de niñas, niños y adolescentes se estará a lo dispuesto en la legislación general y estatal de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y este Código.
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Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial