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Leyes Descargar AYA

Artículo 3033 Código Civil del Estado de Jalisco

Capítulo VI

Es albacea universal quien tiene la total representación de los intereses, trámite y ejecución de la sucesión.

Es albacea especial, quien tiene el encargo de un trámite, una representación o una ejecución particular de la sucesión

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial