Artículo 2731 TER Código Civil del Estado de Hidalgo
Capítulo VI
- Se entiende por Conflicto Irreconciliable entre asociados o socios la institución que reconoce que con motivo del bloqueo de resoluciones corporativas, no subsiste la voluntad de varios asociados o socios, según sea el caso, de mantenerse en asociación o sociedad y que el elemento de confianza y colaboración no permanece, por lo que tampoco hay voluntad de continuar reunidos para
realizar un fin común, ya sea de carácter preponderantemente económico o no y procede la liquidación de la persona moral de que se trate. Artículo adicionado P.O. Alcance dos del 28 de julio de 2022
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial