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Leyes Descargar AYA

Artículo 2354 Código Civil del Estado de Guerrero

Capítulo II

Si el arrendador fuere vencido en juicio sobre una parte del bien arrendado, podrá el arrendatario reclamar una disminución en la renta o la rescisión del contrato y el pago de los daños y perjuicios que sufriere.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial