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Leyes Descargar AYA

Artículo 7 Código Civil del Estado de México

Capítulo III

870.- Los transportadores son responsables de los bienes que se les entreguen a ellos, o a sus dependientes.

Faltas o infracción a leyes o reglamentos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de diciembre de 2025.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial